FUNCIONES DE LA COORDINACION DE PASANTIAS

Funciones de la Coordinación de Prácticas Profesionales en concordancia al Reglamento de Prácticas Profesionales

Artículo 27. El (la) coordinador (a) de práctica profesional de cada núcleo; será el (la) responsable de:

1.Conducir, coordinar y evaluar el programa de prácticas profesionales.

2.lnstruir al (a la) estudiante con la finalidad de que pueda cumplir con las funciones propias de su actividad profesional.

3.Gestionar el proceso de preinscripción de la práctica profesional.

4.Aprobar el plan de trabajo de práctica profesional a desarrollar por cada uno de los y las estudiantes inscritos.

5.Coordinar la evaluación del informe final de práctica profesional.

6.Supervisar las actividades del proceso de práctica profesional del núcleo y sus extensiones.

7.Procesar la evaluación realizada por los y las tutores (as) académicos (as) e institucionales, de conformidad con lo establecido en el Manual de Prácticas Profesionales y el informe respectivo.

8.Revisar y aprobar el contenido de las charlas de inducción preparadas por los (las) coordinadores (as) de carrera, para los y las estudiantes inscritos en las prácticas profesionales, de conformidad con la normativa interna que la Universidad disponga a tal efecto.

9.Establecer relaciones con empresas, organismos e instituciones, que podrán servir como centros de práctica profesional y evaluar la posibilidad de establecer convenios.

10.Acordar con los representantes de las empresas, organismos e instituciones, los nexos de tipo laboral y educativo que mantendrán con la Universidad e igualmente, definir con ellos quienes serán los (las) tutores (as) institucionales que coordinarán y supervisarán las actividades asignadas a los y las estudiantes.

11.Asistir a las actividades de inducción convocadas por la Universidad.

12.Proponer a las autoridades académicas, de común acuerdo con los (las) coordinadores (as) de carrera, los (las) profesores (as) candidatos a tutores (as) académicos (as).

13.Definir y asignar el número de estudiantes a ser atendido por cada tutor (a) académico (a).

14.Supervisar y evaluar las funciones a cumplir por los (las) tutores (as) académicos (as).

15.Mantener actualizado el registro de empresas, organismos e instituciones participantes como centros sedes de prácticas profesionales.

16.Consignar ante Control de Estudio la calificación definitiva que obtuviesen los (las) estudiantes.

Artículo 28. El (la) coordinador (a) de las prácticas profesionales de cada núcleo, podrá proponer, a través del Decano quien lo elevará a la consideración de las autoridades respectivas, la firma de convenios con organismos e instituciones que de acuerdo a las necesidades académicas universitarias